Una Franquicia conlleva diversos activos intangibles que deberán ser revisados cuidadosamente para obtener su debida protección legal. En algunos casos, se tratarán de marcas (tradicionales o no tradicionales, como las olfativas, sonoras, etc.), el tradedress, modelos de utilidad o patentes, y en otros, se tratará de derechos de autor, como obras intelectuales y artísticas o reservas de derechos a un uso exclusivo.
Es usual que se preste mayor atención y se dé prioridad a la protección de las marcas, tan es así que aun y cuando en la Ley de la Propiedad Industrial se indica que en la Circular de Oferta de Franquicia (COF) se deben señalar todos los derechos de propiedad intelectual que involucra el sistema, es común que únicamente se detallen en la COF y el Contrato los derechos de propiedad industrial, para que sea posible la inscripción del Contrato (o su resumen) ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
Sin embargo, también es esencial prestar atención y obtener la protección de otras figuras relacionadas con la franquicia, como son los derechos de autor y las reservas de derechos al uso exclusivo ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR). Estos pueden consistir en obras de arte aplicado de diseño gráfico o textil, audiovisuales, musicales, fotográficas, literarias, pictóricas, dibujos o logotipos, historietas, programas de cómputo (software), aplicaciones móviles (apps), bases de datos, que se utilicen en el establecimiento comercial, y/o en reservas de derechos al uso exclusivo en caso de que el concepto de la franquicia involucre personajes ficticios, simbólicos o de caracterización; publicaciones periódicas o en línea, promociones publicitarias, entre otras.
Cada modelo de Franquicia es único y como tal, deberá analizarse para determinar la adecuada protección acumulada de sus activos intangibles. La debida protección de los activos involucrados en una Franquicia representa un beneficio y una ventaja competitiva, tanto para los Franquiciantes, como para los Franquiciatarios. Los Franquiciantes ya dedicaron tiempo y recursos en diseñar una imagen y modelo único y distintivo y, deberán tener en consideración todas las modalidades para proteger sus activos intangibles, considerando también al derecho de autor como una parte fundamental de su Franquicia.