En las últimas semanas, noticias sobre la Alianza del Pacífico han ocupado los titulares de medios de comunicación y órganos de difusión de actividades gubernamentales. Aunque algunas noticias no han sido tan positivas como se quisiera 1 , la promulgación en Colombia 2 del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacifico 3 que la vincula junto con Chile, México y Perú a un sistema de libre comercio e integración regional, es un hecho que vale la pena resaltar 4 .
Así, el perfeccionamiento del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacifico revitaliza la actualidad de los objetivos de este mecanismo de integración, uno de los cuales está relacionado con la libre circulación de capitales e inversiones entre los países miembros. Para ello, el Protocolo Adicional al Acuerdo Marco, firmado el 10 de febrero de 2014 5 establece una serie de medidas que, según se ha anunciado, estarán vigentes a partir del próximo primero de mayo del año en curso.
Dentro de tales medidas queremos resaltar, en esta oportunidad, aquellas relacionadas con la liberalización de los servicios financieros, de acuerdo con las cuales, y con sujeción a las diferentes reservas y no conformidades, los prestadores de servicios financieros colombianos gozarán en el territorio de los demás Estados parte de la Alianza y viceversa, del mismo trato que tenga la nación más favorecida (aún si esta última no es parte de la Alianza), el derecho de establecimiento y la posibilidad de proveer servicios de manera transfronteriza, incluidos los servicios financieros novedosos en las demás jurisdicciones..
Por supuesto, las medidas regulatorias y prudenciales seguirán vigentes pero, en adelante, deberán armonizarse con las premisas de la libre circulación de capitales y servicios financieros entre los países miembros y en los mercados financieros intermediados y no intermediados.
En Colombia, medidas como la expedición del Decreto 2241 de noviembre de 2015, amplían las fronteras del mercado de valores local, permitiendo integraciones de sistemas de negociación de valores y el reconocimiento, en Colombia, de ofertas públicas primarias o secundarias de valores extranjeros, son oportunidades para superar las inercias históricas de los mercados de capitales de la región y profundizar su integración funcional.
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